ASESORAMIENTO EN PROTOCOLO DE PREVENCIÓN ACOSO LABORAL Y SEXUAL

100% obligatorio para todas las empresas y autónomos

Qué se considera acoso laboral

No existe una guía exacta que indique qué es acoso laboral y qué no, todo dependerá de la situación y cómo se sienta la persona que lo recibe.

Al igual que el bullying ocurría (y ocurre) en el colegio, bajo el pretexto de “son cosas de niños”, en los puestos de trabajo se produce una situación similar.

El acoso laboral es toda práctica que denigre o acose al trabajador o empresario de forma continua y reiterada, con la intención de atentar contra su integridad física o psicológica.

Se puede producir de varias formas diferentes como agresiones verbales, amenazas, violencia psicológica, burlas, discriminación, acoso sexual, menosprecio, denigración de sus funciones, hacerle sentir inferior…

Estas actuaciones pueden desembocar en problemas psicológicos e incluso en una depresión, si el acoso es constante y no cesa. Incluso es probable que se llegue al punto de que el acosado se considere culpable de lo ocurrido.

¿Es obligatorio que las empresas dispongan de un protocolo de actuación contra el acoso laboral?
Sí, tener un protocolo de acoso laboral es una obligación para todas las empresas, independientemente del tamaño de su plantilla. Es decir, toda empresa con empleados, está obligada a tener un protocolo contra el acoso laboral que articule no solo medidas para prevenirlo, sino también el procedimiento en caso de acoso laboral a seguir por trabajadores y empresa.

Es importante saber que, aunque la empresa no tenga obligación de tener un Plan de Igualdad, sí está obligada a tener de acuerdo a la normativa un protocolo de acoso laboral.

Protocolo de acoso laboral: Cómo debe actuar la empresa

Para evitar o acabar con la situación, tu empresa deberá contar con un protocolo de acoso laboral.

Consiste en un plan que contempla las medidas necesarias para prevenir o eliminar este tipo de situaciones. Su objetivo es erradicar los comportamientos que afecten tanto a trabajadores como empresarios que lo sufren para garantizar el bienestar físico y psicológico de la plantilla.

¿Qué empresas están obligadas a hacerlo?

Todas las empresas con plantilla menor a 50 trabajadores. Las empresas con más de 50 trabajadores deberán contar con un Plan de Igualdad, que lleva incluido el Protocolo de Acoso Laboral. 

¿A partir de qué fecha?

Está incluido dentro del Plan de Igualdad, que a partir de marzo de 2022 es obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores. Si la empresa no cuenta con un plan de igualdad, estará obligada a elaborar y aplicar el protocolo de acoso.

¿Qué pasa si las empresas no lo implantan?

Se infringe el ordenamiento jurídico con posibles sanciones económicas.

Qué sanción puede recibir mi empresa si no cuenta con un protocolo de acoso laboral

No contar con un Protocolo de acoso laboral puede suponer un delito, e incluso, hasta la pena de prisión. Te recomiendo que si no cuentas con uno deberías de informarte y solucionarlo cuanto antes.  

Las sanciones varían en función de la gravedad de la infracción recogidas en la Ley de Infracciones y Sanciones.

·         Multas de 7.501 a 30.000 euros para infracciones leves

·         Multas de 30.001 a 120.005 euros para infracciones graves

·         Multas de 120.006 a 225.018 euros para infracciones muy graves

Plan Básico

Incluye:

Les asesoraremos en el protocolo de acoso y les guiaremos en los pasos siguientes que deberán realizar como la información a todas las personas trabajadoras de su empresa.

Les aconsejaremos sobre las medidas que periódicamente pueden realizar con el fin de promover organizaciones libres de acoso laboral, mobbing, etc y comprometidos con la prevención de la violencia laboral y la responsabilidad social corporativa.

  • Consultoría en la Puesta en marcha, Diagnóstico e Implantación.
  • Confección de la Documentación y Protocolos.
  • Asesoramiento continuado.
  • Formación de sensibilización.

Nuestro objetivo es que todos los empleados disfruten de un entorno de trabajo seguro, evitando las posibles situaciones de acoso sexual o por razón de sexo dentro de la organización.